viernes, 6 de noviembre de 2015

El caso Humberto Suazo


Hoy quisiera hablar (luego de mucho tiempo de tener abandonado este sitio) de un caso de derecho del fútbol que está muy en boga en estos días: el caso del futbolista Humberto Suazo y su litigio laboral con el club Colo Colo.

El conflicto es el siguiente: El jugador Humberto Suazo, en un partido contra San Marcos de Arica, fue reemplazado y salió molesto de la cancha. En ese momento (y aquí empiezan los rumores) habría insultado al cuerpo técnico (José Luis Sierra y Pedro Reyes) y cuando en un momento posterior al partido se le pidió "acercar posturas" el jugador se negó, no iendo a entrenar ni concurriendo a las citaciones, dando pie al club para despedirlo por aplicación del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo (Para los que no estudian derecho, este artículo señala una serie de conductas que, de comprobarse, permiten que el empleador despida al trabajador sin tener que pagarle nada), el cual dispone "el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato".

Más allá de las pasiones futbolísticas, es necesario analizar jurídicamente este asunto. En primer lugar, la "gravedad" del incumplimiento. Sabemos que quien determina la gravedad en definitiva de un incumplimiento es el juez competente en materia laboral, y aun cuando en el contrato del señor Suazo se hubiese establecido que no concurrir era "incumplimiento grave", para el juez eso es jurídicamente irrelevante, pues debe evaluar la gravedad conforme a los antecedentes que emanen del proceso.

En segundo lugar, y derivado de lo anterior, ¿qué pasaría si Suazo demandara a Colo Colo por despido indebido? Podría demostrar que el incumplimiento no fue grave y, probando aquello, tener derecho a las indemnizaciones que procedan, junto con el correspondiente recargo.

En tercer lugar, esto demuestra lo feble del sistema laboral chileno, en específico con el ámbito del fútbol. Porque sigue aplicando las normas internas (lo cual es válido, son leyes y deben respetarse), pero estas normas internas están en desajuste con las normas de la FIFA, que sólo prescriben algunas formas de terminación del contrato del futbolista.

Espero tus comentarios!!!



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